Marco Jurídico
¿Qué se entiende por documento electrónico?
Cualquier expresión, ya sea de lenguaje, gráfica, sonora o de cualquier medio análogo que haya sido fijada en un soporte utilizando medios electrónicos o informáticos, que pueda ser firmada mediante el uso de certificados digitales y que goza de todas las garantías, validez y eficacia que se predican, tradicionalmente, del documento en soporte papel en la normativa y jurisprudencia españolas.
¿Es válido el documento electrónico?
El reconocimiento de la existencia y validez legal del Documento Electrónico tiene predicamento tanto a nivel legislativo como jurisprudencial
¿Es posible la contratación vía electrónica?
El artículo 23.1 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE) se refiere a la validez de los contratos celebrados vía electrónica.
La consideración del documento electrónico como original tampoco presenta problemas, se reconoce en el art. 268.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) y en el 230 de la Ley de Ordenamiento del Poder Judicial (LOPJ), si bien se debe garantizar que existen la seguridad y certidumbres necesarias de que el documento se ha conservado de forma íntegra y sin alteraciones. Aquí juega un papel importante la figura del Tercero de Confianza.
La firma electrónica reconocida puede considerarse el mecanismo más fiable pues, por ley, se asimila a la firma manuscrita.
¿No son válidos otros métodos de firma?
Sí, siempre que se dote al sistema de firma de mecanismos que garanticen la celebración del contrato y que, por tanto, la declaración de voluntad y la emisión del consentimiento se ha producido:
• La intervención de un Tercero de Confianza que garantiza:
o Guarda y Custodia de los documentos a través de mecanismos que garanticen la recuperabilidad del documento y su no manipulación.
o Conservar los logs que acrediten la declaración de voluntad efectuada.
• Generación de acuses de recibo de carácter bilateral para que ambas partes estén informadas de los pasos dados.
En SGDS el tipo de firma es electrónica avanzada.